La falta de un registro en Euskadi impide, de momento, el cumplimiento de la nueva normativa. Los propietarios deberán contratar un técnico autorizado -alrededor de 300 euros- e inscribir la certificación para obtener la etiqueta
Si en los últimos tiempos se han hecho familiares las etiquetas energéticas de los electrodomésticos, que nos invitan a comprar los aparatos más eficientes, a partir de ahora habrá que acostumbrarse a verlas en las ofertas de compra de pisos.
La falta de un registro en Euskadi impide, de momento, el cumplimiento de la nueva normativa. Los propietarios deberán contratar un técnico autorizado -alrededor de 300 euros- e inscribir la certificación para obtener la etiqueta.
Si en los últimos tiempos se han hecho familiares las etiquetas energéticas de los electrodomésticos, que nos invitan a comprar los aparatos más eficientes, a partir de ahora habrá que acostumbrarse a verlas en las ofertas de compra de pisos. Desde el pasado 1 de junio, en teoría, todas las viviendas ya construidas que salgan al mercado deberán disponer de un certificado energético y su correspondiente etiqueta que informe a los compradores de las características energéticas. Los propietarios deberán desembolsar alrededor de 300 euros para que un técnico acreditado se ocupe de chequear energéticamente la casa. En los casos de las viviendas más eficientes, la factura será algo superior, puesto que se deberán de someterse a un segundo control externo. Si no cumplen estos requisitos y quieren sacar su vivienda al mercado sin la etiqueta, se exponen a multas de entre 300 y 6.000 euros. El certificado deberá renovarse cada diez años.
A pesar de que la obligatoriedad ya es vigente, lo cierto es que el cumplimiento a rajatabla de esta normativa brilla por su ausencia tanto por parte de los propietarios como por parte de la Administración. No en vano, el Gobierno Vasco todavía no ha puesto en marcha el registro -lo estará en breve- en el que deberán presentarse las certificaciones energéticas para luego obtener la etiqueta energética preceptiva. Por lo tanto, incluso quienes hayan hecho los deberes en las últimas semanas y tengan listo el certificado energético tampoco cumplen a rajatabla la norma porque carecen de la etiqueta energética. «Estamos en una fase preliminar», reconoce el director de Energía y Minas del Gobierno Vasco, Javier Zarraonanidia. Eso sí, «la certificación es obligatoria», añade. Si un comprador no ve satisfecho el derecho de conocer la eficiencia energética de la casa que va a adquirir, puede reclamar ese derecho en las oficinas de Consumo.
Directiva europea
La certificación energética de todas las viviendas es nueva aquí, pero funciona desde hace tiempo en otros países europeos. Basta darse una vuelta por Hendaya y comprobar que forman parte de los escaparates de las inmobiliarias.
Con el objetivo de promover inmuebles más eficientes y ahorrar energía, Europa creó una directiva en 2002 para hacer obligatoria la certificación. Eso sí, la transposición de la directiva tuvo que esperar en España. La obligatoriedad de la certificación energética de los nuevos edificios llegó tras la publicación de tres decretos entre 2006 y 2007, entre ellos el del Código Técnico de la Edificación y el 47/2007 sobre certificación energética. La norma hasta ahora afectaba solo a los edificios de nueva construcción y a grandes reformas.
Con la publicación del Real Decreto 235/2013 el pasado mes de abril, desde el 1 de junio se extiende la obligatoriedad de la certificación a los edificios existentes o pisos y locales de estos inmuebles que se vendan o alquilen (se excluyen monumentos, lugares de culto y edificios aislados con una superficie total de menos de 50 metros cuadrados). Además, también tendrán que disponer de certificado los edificios u oficinas ocupados por una autoridad pública con una utilidad total superior a 250 m2 y que sean frecuentados por el público.
Para realizar la certificación, el propietario tiene que contratar un técnico competente (ingenieros, arquitectos, aparejadores...). Estos profesionales podrán realizar certificados por edificio, poniendo de acuerdo a la comunidad, o en cada vivienda de forma individual. Según fuentes consultadas, el precio en el primero de los casos rondaría los 800-1.000 euros, mientras que una vivienda individual sería de 300 euros.
Al realizar un certificado energético se tienen en cuenta aspectos como la envolvente del edificio, es decir, la fachada, los ventanales, los tejados... No en vano, si la vivienda está bien concebida y aislada, reduce la demanda de energía. Otro factor importante son las instalaciones térmicas y eléctricas. Una vez analizados estos y otros aspectos, se realizan certificados con siete niveles, desde la A (ahorro) a la G (de gasto).
A la espera del registro
Terminada la certificación, se deberá presentar en el registro creado al efecto por cada comunidad autónoma. Es una condición previa para obtener la etiqueta energética preceptiva. Y aquí empiezan los problemas. En Euskadi, el Gobierno Vasco todavía no tiene listo el citado registro. De hecho, el Ejecutivo Vasco aprobó en abril una orden autonómica para crear un registro, que estará listo este mes, pero para certificaciones únicamente de viviendas nuevas, cumpliendo así una recomendación del anterior decreto estatal (no era obligatorio registrar la certificación para obtener la etiqueta).
Pero el nuevo decreto deroga el anterior y obliga a tener un control, mediante un registro donde presentar las certificaciones de viviendas ya existentes para obtener después la etiqueta energética. Según fuentes del Gobierno Vasco, en la actualidad se está modificando el registro para las viviendas nuevas con el objetivo de que se puedan registrar también las ya existentes. Este cambio estará operativo «en breve». Hasta entonces, no habrá etiquetas energéticas en Euskadi, con lo que no se podrá cumplir la norma al 100%. Por ello, «no se puede perseguir a nadie hasta que el registro esté operativo», aseguran desde el Gobierno Vasco.
El nuevo decreto guarda además una nueva sorpresa al propietario. Cuando en la certificación se determine que la vivienda es de categoría de la A a la C, es decir, las más eficientes energéticamente, tendrán que someter la certificación a un control externo, antes de inscribirse en el registro. El coste de este segundo control, realizado por laboratorios autorizados, correrá también a cargo del propietario. «En otras comunidades autónomas van a cobrar incluso una tasa por inscribir el certificado en el registro. En Euskadi, de entrada, no», advierten desde el Gobierno Vasco.
Multas a la vista
Aunque de momento es imposible cumplir la normativa a rajatabla, se prevén sanciones que empezarán a activarse una vez esté operativo el registro para todas las certificaciones. No en vano, según explica el director de Energía y Minas del Gobierno Vasco, «se trata de un derecho de los compradores o arrendadores a tener información de la eficiencia energética del inmueble que va a comprar. La normativa dice que si ese derecho no se ve satisfecho mediante un certificado energético, puede acudir a Consumo para reclamarlo».
El decreto aprobado anuncia sanciones, pero no detalla las cuantías. La concreción ha llegado mediante sendas enmiendas del PP a la ley de Rehabilitación, aprobada este mes en el Congreso. En concreto, los propietarios se expondrán a sanciones leves, entre 300 y 600 euros, por ejemplo, si anuncian y publicitan la venta o alquiler de un piso sin especificar su calificación energética. Las sanciones graves (601 y 1.000 euros) consisten en incumplir con la metodología de certificación, no presentar el documento en el registro, la venta o alquiler de un inmueble sin que el propietario entregue el certificado... Se consideran infracciones muy graves (1.001 y 6.000 euros), publicitar inmuebles con una certificación que no sea real, actuar como técnico autorizado sin serlo...
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