Cuando se encarga la redacción a un técnico del Certificado de Eficiencia Energética de un inmueble el propietario, en la mayoría de los casos, piensa que los datos y parámetros que lo determinarán son claros y objetivos y que haga quién lo haga, y  lo haga como lo haga , el resultado va a ser el mismo. 
Pues desde aquí le digo que  esto NO ES ASÍ, y que el grado de calificación de su inmueble puede verse muy modificado en función de los datos que el técnico certificador introduzca en el programa informático.
CUANTO MÁS AJUSTADOS a la realidad sean estos datos, MAS BENEFICIO y MENOS PERJUICIOS obtendrá en la venta o alquiler de su inmueble 

Cuando se encarga la redacción a un técnico del Certificado de Eficiencia Energética de un inmueble el propietario, en la mayoría de los casos, piensa que los datos y parámetros que lo determinarán son claros y objetivos y que haga quién lo haga, y  lo haga como lo haga , el resultado va a ser el mismo.
Pues desde aquí le digo que  esto NO ES ASÍ, y que el grado de calificación de su inmueble puede verse muy modificado en función de los datos que el técnico certificador introduzca en el programa informático.
CUANTO MÁS AJUSTADOS a la realidad sean estos datos, MAS BENEFICIO y MENOS PERJUICIOS obtendrá en la venta o alquiler de su inmueble.

A continuación les detallo el porqué de esta situación:

(1) Si el certificado tiene una clasificación mejor de la real (por ej. D en lugar de la real E) puede afectar en lo siguiente:

  • El usuario (inquilino, visitador o comprador) u organismo autónomo competente (EVE en País Vasco) detecta falsedad en los datos del Certificado, puede denunciarlo, con lo que tanto el técnico como el dueño pueden ser sancionados (300-6000€) ,por lo que es probable que además el dueño tenga que realizar otro certificado nuevo (doble gasto+sanción).
  • Si el propietario va a realizar obras de rehabilitación energética en envolvente o instalaciones, que realmente mejoren la eficiencia energética, y por lo tanto el grado de calificación y solicita ayudas o subvenciones para ello a alguna administración pública(ayuntamiento,  comunidad autónoma o estado), va a necesitar un certificado que demuestre que la rehabilitación realizada disminuya en un grado o más el grado inicial (previo a la rehabilitación). Si este certificado inicial estaba falseado, no va a ser posible demostrar la disminución del grado de calificación, y el propietario no podrá solicitar la ayuda y perderá varios cientos o miles de euros.

(2) Si el certificado tiene una clasificación peor de la real( por ej. G en lugar de E) puede afectar en lo siguiente:

  • Al posible futuro usuario(inquilino o comprador) le costará más trasladarse a una vivienda con peor calificación que otras, cuando realmente, la vivienda que está intentando comprar o alquilar no está bien calificada y podía colmar las expectativas del posible nuevo ocupador  y no tendría por qué estar con puntos negativos con respecto a otras. Por lo tanto las posibilidades de alquilarlo o venderlo disminuirán sensiblemente.
  • Al vender o alquilar el inmueble, y en teoría , ser una vivienda o local de peor calidad que la real, el precio de la venta o alquiler se verá disminuido en miles de euros.

3) Si el certificado tiene una clasificación ajustada a la realidad:

  • El futuro usuario(inquilino o comprador) no se verá engañado y el propietario no podrá ser sancionado 
  • El propietario podrá acceder a subvenciones y ayudas de rehabilitaciones energéticas.
  • El propietario ajustará el valor de alquiler o compra al precio de mercado y podrá acelerar la venta o alquiler del mismo.

Como saber si el certificado está bien realizado:

  • Si el piso es anterior al año 81 y la calificación es A, B, C o D, y el inmueble no tiene obras realizadas para la mejora de la eficiencia energética, es más que probable que esté mal realizada y las consecuencias sean pagadas por el propietario y técnico  realizador del certificado con el pago de sanciones muy importantes.
  • Si el piso es anterior a 2007 y la calificación es A, B o C, y la vivienda no tiene medidas especiales de eficiencia energética , es más que probable que esté mal realizada y las consecuencias sean pagadas por el propietario y técnico  realizador del certificado con el pago de sanciones muy importantes.
  • Si en el certificado los elementos de la envolvente y de instalaciones tienen marcada la opción por defecto, supondrá que la calificación energética del inmueble será peor de la real. En este caso las consecuencias únicamente las sufrirá el propietario, dado que el técnico cumple la ley al marcar esas opciones, dado que el programa informático y la ley lo permite. Supondrá pérdida económica a la hora de alquilar o vender el piso.

Por eso, es MUY IMPORTANTE, garantizarse el contrato de un buen técnico certificador y no es muy conveniente fiarse de las ofertas demasiado baratas, porque si un trabajo está pagado por debajo de su precio real  porque los medios utilizados no serán los más convenientes y el tiempo empleado por el técnico será menor del necesario y dedicará mucho menos esfuerzo a la elaboración del mismo, perjudicando su grado de calificación y le supondrá con seguridad al propietario una pérdida económica en la venta o alquiler o un retraso en el tiempo de poder conseguirlo.

 

 {fcomment}